Desde el 5 de octubre, tu contrato de siempre ya no basta
Real Decreto 723/2026, de 9 de septiembre (BOE núm. 228, de 15 de septiembre de 2026). Diecisiete datos por escrito, antes del primer día, en todo contrato de más de cuatro semanas. Qué es exactamente, qué te juegas y cómo se resuelve sin rehacer nada.
- 17Las 17 letras del artículo 3.2, una por unaY en cuáles la ley deja remitir a la ley, al reglamento o al convenio.
- 30La plantilla que ya tienes: solo si alguien lo pide, 30 días hábilesLo que no hay que hacer: rehacer los contratos. Lo que sí: el anexo y la prueba de entrega.
- 6Los 6 fallos que se repiten en los contratosCon su artículo al lado; y el que convierte a la persona en fija.
La guía en PDF · 4 páginas
Te la abro al momento. Solo te escribiré sobre derecho laboral; baja cuando quieras.
Un contrato temporal cuya causa no cuenta los hechos
Sin la causa, las circunstancias concretas y su conexión con la duración, la persona adquiere la condición de fija. Y eso no lo arregla ningún anexo después.
Estatuto de los Trabajadores, arts. 15.1 y 15.4 · RD 723/2026, art. 3.2.d)
¿Prefieres que lo mire yo?
Los leo con las diecisiete letras delante y te digo qué falta en cada uno, cuál es el dato que de verdad te expone y qué hay que añadir, letra por letra.
Tras pagar, me mandas los tres contratos por correo y te confirmo el plazo por escrito.
Soy Magdalena Mancebo, Graduada Social colegiada n.º 839. Llevo 34 años leyendo nóminas y convenios en Mallorca. Lo que hago para empresas y los precios →
Guía informativa de carácter general sobre el Real Decreto 723/2026, de 9 de septiembre (BOE núm. 228, de 15 de septiembre de 2026), cerrada el 17 de septiembre de 2026. No sustituye el asesoramiento sobre tu caso concreto.